Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Ley OrgánicaLOIEMH78 artículos

Publicada en el BOE el 23/03/2007. Texto consolidado según el BOE del 19/12/2025. Ver en el BOE

Establece medidas para garantizar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y combatir la discriminación por razón de sexo.

Primeros 3 artículos

Artículo 1. Objeto de la Ley

1. Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

2. A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.

Artículo 2. Ámbito de aplicación

1. Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo.

2. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.

Artículo 3. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.

Índice

  • Preámbulo
TÍTULO PRELIMINAR · Objeto y ámbito de la Ley(ver)
TÍTULO I · El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación(ver)
  • Artículo 3. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres
  • Artículo 4. Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas
  • Artículo 5. Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo
  • Artículo 6. Discriminación directa e indirecta
  • Artículo 7. Acoso sexual y acoso por razón de sexo
  • Artículo 8. Discriminación por embarazo o maternidad
  • Artículo 9. Indemnidad frente a represalias
  • Artículo 10. Consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias
  • Artículo 11. Acciones positivas
  • Artículo 12. Tutela judicial efectiva
  • Artículo 13. Prueba
TÍTULO II · Políticas públicas para la igualdad(ver)
  • CAPÍTULO I. Principios generales
  • Artículo 14. Criterios generales de actuación de los Poderes Públicos
  • Artículo 15. Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres
  • Artículo 16. Nombramientos realizados por los Poderes Públicos
  • Artículo 17. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades
  • Artículo 18. Informe periódico
  • Artículo 19. Informes de impacto de género
  • Artículo 20. Adecuación de las estadísticas y estudios
  • Artículo 21. Colaboración entre las Administraciones públicas
  • Artículo 22. Acciones de planificación equitativa de los tiempos
  • CAPÍTULO II. Acción administrativa para la igualdad
  • Artículo 23. La educación para la igualdad de mujeres y hombres
  • Artículo 24. Integración del principio de igualdad en la política de educación
  • Artículo 25. La igualdad en el ámbito de la educación superior
  • Artículo 26. La igualdad en el ámbito de la creación y producción artística e intelectual
  • Artículo 27. Integración del principio de igualdad en la política de salud
  • Artículo 28. Sociedad de la Información
  • Artículo 29. Deportes
  • Artículo 30. Desarrollo rural
  • Artículo 31. Políticas urbanas, de ordenación territorial y vivienda
  • Artículo 32. Política española de cooperación para el desarrollo
  • Artículo 33. Contratos de las Administraciones públicas
  • Artículo 34. Contratos de la Administración General del Estado
  • Artículo 35. Subvenciones públicas
TÍTULO III · Igualdad y medios de comunicación(ver)
  • Artículo 36. La igualdad en los medios de comunicación social de titularidad pública
  • Artículo 37. Corporación RTVE
  • Artículo 38. Agencia EFE
  • Artículo 39. La igualdad en los medios de comunicación social de titularidad privada
  • Artículo 40. Autoridad audiovisual
  • Artículo 41. Igualdad y publicidad
TÍTULO IV · El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades(ver)
  • CAPÍTULO I. Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral
  • Artículo 42. Programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres
  • Artículo 43. Promoción de la igualdad en la negociación colectiva
  • CAPÍTULO II. Igualdad y conciliación
  • Artículo 44. Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral
  • CAPÍTULO III. Los planes de igualdad de las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad
  • Artículo 45. Elaboración y aplicación de los planes de igualdad
  • Artículo 46. Concepto y contenido de los planes de igualdad de las empresas
  • Artículo 47. Transparencia en la implantación del plan de igualdad
  • Artículo 48. Medidas específicas para prevenir la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo
  • Artículo 49. Apoyo para la implantación voluntaria de planes de igualdad
  • CAPÍTULO IV. Distintivo empresarial en materia de igualdad
  • Artículo 50. Distintivo para las empresas en materia de igualdad
TÍTULO V · El principio de igualdad en el empleo público(ver)
  • CAPÍTULO I. Criterios de actuación de las Administraciones públicas
  • Artículo 51. Criterios de actuación de las Administraciones públicas
  • CAPÍTULO II. El principio de presencia equilibrada en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella
  • Artículo 52. Titulares de órganos directivos
  • Artículo 53. Órganos de selección y Comisiones de valoración
  • Artículo 54. Designación de representantes de la Administración General del Estado
  • CAPÍTULO III. Medidas de Igualdad en el empleo para la Administración General del Estado y para los organismos públicos vinculados o dependientes de ella
  • Artículo 55. Informe de impacto de género en las pruebas de acceso al empleo público
  • Artículo 56. Permisos y beneficios de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral
  • Artículo 57. Conciliación y provisión de puestos de trabajo
  • Artículo 58. Licencia por riesgo durante el embarazo y lactancia
  • Artículo 59. Vacaciones
  • Artículo 60. Acciones positivas en las actividades de formación
  • Artículo 61. Formación para la igualdad
  • Artículo 62. Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo
  • Artículo 63. Evaluación sobre la igualdad en el empleo público
  • Artículo 64. Plan de Igualdad en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella
  • CAPÍTULO IV. Fuerzas Armadas
  • Artículo 65. Respeto del principio de igualdad
  • Artículo 66. Aplicación en las Fuerzas Armadas de las normas referidas al personal de las administraciones públicas
  • CAPÍTULO V. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Artículo 67. Respeto del principio de igualdad
  • Artículo 68. Aplicación de las normas referidas al personal de las administraciones públicas en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
TÍTULO VI · Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro(ver)
  • Artículo 69. Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios
  • Artículo 70. Protección en situación de embarazo
  • Artículo 71. Factores actuariales
  • Artículo 72. Consecuencias del incumplimiento de las prohibiciones
TÍTULO VII · La igualdad en la responsabilidad social de las empresas(ver)
  • Artículo 73. Acciones de responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad
  • Artículo 74. Publicidad de las acciones de responsabilidad social en materia de igualdad
  • Artículo 75. Participación de las mujeres en los Consejos de administración de las sociedades mercantiles
TÍTULO VIII · Disposiciones organizativas(ver)
  • Artículo 76. Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres
  • Artículo 77. Las Unidades de Igualdad
  • Artículo 78. Consejo de Participación de la Mujer
Disposiciones adicionales(ver)
  • Disposición adicional primera. Presencia o composición equilibrada
  • Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General
  • Disposición adicional tercera. Modificaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial
  • Disposición adicional cuarta. Modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
  • Disposición adicional quinta. Modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • Disposición adicional sexta. Modificaciones de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Disposición adicional séptima. Modificaciones de la Ley por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE
  • Disposición adicional octava. Modificaciones de la Ley General de Sanidad
  • Disposición adicional novena. Modificaciones de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud
  • Disposición adicional décima. Fondo en materia de Sociedad de la información
  • Disposición adicional décimo primera. Modificaciones del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
  • Disposición adicional duodécima. Modificaciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Disposición adicional decimotercera. Modificaciones de la Ley de Procedimiento Laboral
  • Disposición adicional decimocuarta. Modificaciones de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social
  • Disposición adicional decimoquinta. Modificación del Real Decreto Ley por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción o acogimiento
  • Disposición adicional decimosexta. Modificaciones de la Ley de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad
  • Disposición adicional decimoséptima. Modificaciones de la Ley de Empleo
  • Disposición adicional decimoctava. Modificaciones de la Ley General de la Seguridad Social
  • Disposición adicional decimonovena. Modificaciones a la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública
  • Disposición adicional vigésima. Modificaciones de la Ley de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
  • Disposición adicional vigésima primera. Modificaciones de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado
  • Disposición adicional vigésima segunda. Modificación de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de salud
  • Disposición adicional vigésima tercera
  • Disposición adicional vigésima cuarta. Modificaciones de la Ley de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  • Disposición adicional vigésima quinta. Modificación de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios
  • Disposición adicional vigésima sexta. Modificación de la Ley de Sociedades Anónimas
  • Disposición adicional vigésima séptima. Modificaciones de la Ley de creación del Instituto de la Mujer
  • Disposición adicional vigésima octava. Designación del Instituto de la Mujer
  • Disposición adicional vigésima novena
  • Disposición adicional trigésima. Modificaciones de la Ley de Ordenación de los Cuerpos Especiales Penitenciarios y de Creación del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
  • Disposición adicional trigésima primera. Ampliación a otros colectivos
  • Disposición adicional trigésima segunda. Regulación del acceso a la profesión de agente de igualdad
Disposiciones transitorias(ver)
  • Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de nombramientos
  • Disposición transitoria segunda. Regulación reglamentaria de transitoriedad en relación con el distintivo empresarial en materia de igualdad
  • Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de procedimientos
  • Disposición transitoria cuarta. Régimen de aplicación del deber de negociar en materia de igualdad
  • Disposición transitoria quinta. Tablas de mortalidad y supervivencia (derogado)
  • Disposición transitoria sexta. Retroactividad de efectos para medidas de conciliación
  • Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio de los nuevos derechos en materia de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y consideración como cotizados a efectos de Seguridad Social de determinados períodos
  • Disposición transitoria octava. Régimen transitorio del subsidio por desempleo
  • Disposición transitoria novena. Ampliación de la suspensión del contrato de trabajo (derogado)
  • Disposición transitoria décima. Despliegue del impacto de género
  • Disposición transitoria décima primera
  • Disposición transitoria décima segunda. Aplicación paulatina de los artículos 45 y 46 en la redacción por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación
Disposiciones derogatorias(ver)
  • Disposición derogatoria única
Disposiciones finales(ver)
  • Disposición final primera. Fundamento constitucional
  • Disposición final segunda. Naturaleza de la Ley
  • Disposición final tercera. Habilitaciones reglamentarias
  • Disposición final cuarta. Transposición de Directivas
  • Disposición final quinta. Planes de igualdad y negociación colectiva
  • Disposición final sexta. Implantación de las medidas preventivas del acoso sexual y del acoso por razón de sexo en la Administración General del Estado
  • Disposición final séptima. Medidas para posibilitar los permisos de maternidad y paternidad de las personas que ostentan un cargo electo
  • Disposición final octava. Entrada en vigor